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ASOCHUAO

PROCLAMADOS JUECES DE PAZ PARA LA PARROQUIA EL CAFETAL | Chuao

PROCLAMADOS JUECES DE PAZ PARA LA PARROQUIA EL CAFETAL | Chuao

La comunidad de Chuao, como siempre activa y participativa, eligió el día 1 de Julio 2007 sus Jueces de Paz.
En los espacios de la Junta Parroquial del Cafetal se proclamaron, unos días después, elegidos para la Zona de Chuao: Isabel Haddad
Angela Teran de Delgado y Branka Kosak de Carrillo.

Se elogió la participación y empeño de los participantes y el esfuerzo logístico y comunicacional, nuestra Asociación de Vecinos de Chuao, Asochuao, tuvo un reconocimiento por su apoyo y divulgación como otras Asociaciones Vecinales (Avesamar, AsoCaurimare, AsoPaula, AsoSan Luis, Apracaf entre otras).
Los jueces serán juramentados en acto público en 30 días. Contarán con un grupo de cojueces que los ayudarán en sus labores ad honorem en ayuda a la comunidad.

Una vez más el vecino participativo y preocupado por su entorno se involucra en las actividades de su acontecer diario.

Felicidades a los elegidos.

Historia de la Justicia de Paz en Venezuela

La institución del Juez de Paz viene aparejada históricamente con los títulos otorgados por la autoridad civil en la tradicional población de Zea en los Andes venezolanos, denominada anteriormente Borbuquena y Murmuquená, fue allí que existió el primer Juez de Paz, llamado Ramón Márquez Rincón, quien a su vez fue presidente de la Junta Comunal y fue secundado por Don Nepomuceno Herrera quien fue titulado segundo Juez de Paz en el año 1793, ahora bien en los años 1819 a 1860 fue una época de oro de los Jueces de Paz, el Libertador los instituyó en su Constitución de Angostura de 1819 (ti IX, Sec 3ª Art. 8) y El Constituyente de 1830 los ratifica (Art. 178) subsistieron hasta 1860.

Una nota en el observador el caraqueño (N° 11 del 11 de marzo de 1824) cuyos redactores eran los doctores Francisco Javier Yanes (1777-1829) y Cristóbal Mendoza (1772 -1829), señala a los Jueces de Paz como miembros de un verdadero cuarto Poder Público, después de mencionar al Ejecutivo legislativo y Judicial decían:

Además de estos ramos de gobierno, se nombraran en cada lugar o distrito como se practica en Inglaterra y en los Estados Unidos, un número de Justicias de Paz y de Alguaciles, aquellos casi corresponden a los Alcaldes en el régimen español, "pero no tiene salarios, su oficio es sobremanera respetable e importante a los ojos de la ley. Ellos están encargados de conservar a la paz en sus distritos y para la ejecución de las leyes pueden pedir auxilio a las autoridades civiles y militares"

La espiral de la historia dio vueltas y hoy tienen otra vez Jueces de Paz ad honorem, delineados con un perfil honorable y que pueden pedir auxilio a la fuerza pública, como sus antecesores.
El primer Juez de Paz de la Colonia Tovar fue el coronel Agustín Codazzi quien trajo en 1843 al grupo de cuatrocientos inmigrantes alemanes provenientes de Keisersuhl.

Esta Función de Juez de Paz era creada por obra de la Ley de Migración de 1840 y se confería a quienes establecieran poblados inmigrantes, quizás a manera de procurar vías rápidas de resolución de conflictos entre los nuevos habitantes, la Ley de migración (12 de mayo de 1840) artículo 14, los jefes de los inmigrados ejercerán las funciones de Juez de Paz si el número de familias fuere mayor de diez."

JUSTICIA DE PAZ EN EL SIGLO XX HASTA NUESTROS DÍAS
Desde mediados de la década de los ´90, se han presentado una serie de cambios en el sistema de justicia. Entre esos cambios tenemos la aprobación de la Ley Orgánica de Justicia de Paz, la cual pretende resolver conflictos de inaccesibilidad a la justicia, quedando a cargo de las municipalidades la implementación de este sistema, sin embargo, diversas ONG´s y organizaciones no gubernamentales se han encargado de impulsar el proyecto de Justicia de Paz.

En un breve recorrido cronológico, encontramos que el primer proyecto de Ley se propuso en el año 1992 impulsada por el Magistrado Alirio Abreu Burelli. En 1993 es aprobada la LEY ORGANICA DE TRIBUNALES Y PROCEDIMIENTOS DE PAZ, la cual fue reformada parcialmente en 1994, y finalmente es derogada en diciembre de ese mismo año con la aprobación de la Ley Orgánica de Justicia de Paz, con lo cual no solo se le da base legal a la justicia de paz, sino que también permite la evolución hacia una democracia participativa, convirtiéndose la justicia de paz en una nueva forma de administrar justicia diferente a la justicia ordinaria, colaborando al mismo tiempo con la descongestión de las causas en los Tribunales mientras consolida los valores de justicia en comunidad. De aquí que la Justicia de Paz también es conocida en otros países como “Justicia Comunitaria”. Entre los juristas y catedráticos que impulsaron el proyecto de ley encontramos a Victorino Márquez Ferrer, Julio César Fernández Toro, Marcos Carrillo Perera, Eva Josko de Güerón, Carlos Ponce, Carolina Abreu, María Esther Díaz, Marian Torres, Arturo Marcano, Jesús Cirilo Salazar y Julio Andrés Borges Junyent.

Paralelamente a los proyectos de Ley, en 1992 nace Primero Justicia como ONG dedicada a la búsqueda de la Justicia en Venezuela. Dicha organización contaba con diversos programas entre ellos Justicia de Paz, El País en Movimiento, Educando para la Justicia, programa que se realizó junto con Fe y Alegría y que buscaba llevar justicia a las escuelas.

No obstante la promulgación de la LOJP, no fue sino hasta agosto de 1995 que se celebraron las primeras elecciones de Jueces de Paz. En opinión de Carlos Eduardo Ponce (Instituto de Defensa Legal, Diciembre de 1999), la demora es atribuible en gran medida al papel que, por ley y por lógica de descentralización , deben desempeñar los municipios en la implantación de la justicia de paz, esto debido a que es necesario que como mínimo los Municipios colaboren con la aprobación de una ordenanza que rija la materia relativa a la elección de Jueces de Paz, así como establecer las circunscripciones intramunicipales, tomando en cuenta la población que habita el Municipio, brindar soporte a los Jueces de Paz, entre otros. Más adelante se buscó trascender los límites de la capital para buscar impartir la Justicia de Paz en otros estados, entre ellos, Monagas, Anzoátegui, Sucre, Delta Amacuro. Este fue un proyecto que contó con el apoyo de PDVSA y Fundación Interamericana IAF. Durante la ejecución de este proyecto se logró capacitar a autoridades municipales y llevar a cabo elecciones de Jueces de Paz.

Con la entrada en vigencia de La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se le otorga base legal a la justicia de paz, cuando el artículo 178, ord. 7 y el artículo 258 de la mencionada Carta Magna establecen:

Art. 178 CRBV “ Es de la competencia del Municipio el gobierno y administración de sus intereses y la gestión de las materias que le asigne esta Constitución y las leyes nacionales, en cuanto concierne a la vida local, en especial la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios, la aplicación de políticas referente a la materia inquilinaria con criterios de equidad, justicia y contenido de interés social, la promoción de la participación y el mejoramiento, en general, de las condiciones de vida de la comunidad, en las siguientes áreas:
...7 – Justicia de paz, prevención y protección vecinal y servicios de policía municipal, conforme a la legislación nacional aplicable”.

Art. 285 CRBV “La ley organizará la justicia de paz en las comunidades. Los jueces o juezas de paz serán elegidos o elegidas por votación universal, directa y secreta , conforme a la ley.
La ley promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualesquiera otros medios alternativos para la solución de conflictos”.

Ahora bien, a partir del 2001 se comenzó a implementar la Justicia de Paz, con presencia de Jueces de Paz en casi todas las circunscripciones intramunicipales. Hoy en día Chacao cuenta con 74 jueces de paz electos, los cuales se encuentran activos aplicando Medios Alternativos para la Resolución de Conflictos y en varios casos, toman importantes decisiones por vía de equidad, brindándole a la comunidad técnicas eficaces para resolver sus problemas de forma rápida, gratuita, efectiva y sin trámites burocráticos. Por otro lado, los Jueces están en constante actualización, para brindar mejores alternativas a la comunidad.

Entre los sectores y urbanizaciones que cuentan con el servicio de Justicia de Paz encontramos a Los Palos Grandes, Altamira, La Castellana, LA Floresta, Sans Souci, Casco de Chacao, Pajaritos, La Cruz, Bucaral, El Pedregal, El Tártago, La Manguera, San José de la Floresta y El sector popular de Bello Campo, buscando implementar la justicia de paz en todo el Municipio, la Dirección de Justicia Municipal trabaja con gran empeño en la organización para elecciones de jueces de paz en sectores y urbanizaciones como El Rosal, El Bosque, Estado Leal, Barrio Nuevo, El Country, Campo Alegre y San Marino.

Entre los problemas más comunes que se presentan en las Circunscripciones de Los Palos Grandes, Altamira, La Castellana, Sans Souci y Casco de Chacao son los relacionados con Propiedad Horizontal, los problemas con mascotas, LOPNA, alteraciones al orden público y ruidos molestos.

Por otro lado tenemos a los Jueces de Paz de La Cruz, Pajaritos, Bucaral, El Pedregal, El Tártago, La Manguera y San José de la Floresta presentan siguientes problemas: en primer lugar los conflictos que pueden derivarse de problemas de obras de ingeniería ligadas a la naturaleza misma del sector, a consecuencia de construcciones defectuosas como paredes y tuberías rotas, en segundo lugar, conflictos que nacen de violaciones al Contrato Social suscrito en el sector reflejan el veintisiete por ciento, en tercer lugar los ruidos molestos y otros (ligados en su mayoría a problemas de Violencia Familiar).

En opinión de algunos Jueces y Vecinos, 8 de cada 10 vecinos conocen la figura del Juez de Paz, como vecino capaz de solucionar conflictos efectivamente. La diferencia significativa que se observa en cuanto a la difusión obedece a la facilidad de alcanzar a todos los habitantes de un sector evidentemente más pequeño en número de habitantes y en dimensiones además de la característica de tener una sola salida y entrada para el sector. Así también la confianza en la Justicia de Paz para los habitantes que la conocen es de casi un 100%.

La mayoría de Los Jueces de Paz, tienen sus actividades inherentes a su profesión, por lo cual ellos disponen de un horario y un lugar para sesionar y resolver los conflictos que se presentan; La Dirección de Justicia Municipal prestándole apoyo a la Justicia de Paz, realiza acuerdos con las diferentes Asociaciones de Vecinos para que estos sedan un espacio para esta Institución de Paz, actualmente se cuentan con 9 Centros de Justicia de Paz en todo el Municipio las cuales se distribuyen de la siguiente manera: Los Jueces de Los Palos Grandes cuentan con un espacio en la Sede del Centro Comunitario Los Palos Grandes; los Jueces de La Floresta tiene su sede ubicada en la sede de Aruflo; Los Jueces del Casco de Chacao cuentan con la sede de Justicia Municipal en el Casco de Chacao; la sede de Sans-Souci se encuentra ubicada en el mismo sector, en la antigua escuelita; la sede de los Jueces de La Cruz la podemos encontrar en la sede de la Asociación de Vecinos del mismo Sector; los Jueces de Altamira y La Castellana tienen ubicada su sede en el Parque El Caballito ubicado en Altamira; los Jueces del sector popular Bello Campo tiene su sede ubicada en la Av. José Félix Sosa, en la sede de la escuelita; los Jueces de San José de la Floresta los pueden encontrar dentro el mismo sector, en la escuelita de San José de la Floresta; los Jueces de Paz de El Pedregal, Tártago y La Manguera, encuentran su sede en el primer piso del ambulatorio de El Pedregal.

La mayoría de los conflictos que conocen los Jueces de Paz, han sido resueltos por la vía de la mediación, acuerdos conciliatorios y negociaciones vecinales. Cada día son más los casos que llegan a nuestras sedes de Justicia de Paz y esto ha sido posible gracias a la aceptación de las comunidades y de la confianza que sientes con quienes ellos mismos han elegido como jueces de paz, que no es más que el resultado de la participación ciudadana, de la integración de la comunidad con su entorno, toma de decisiones y conciencia ciudadana.

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